|
Sitiodesordos.com.ar |
|
| Año 2003: …parece increíble pero es así la situación de emergencia en la que nos encontramos las personas sordas: | |
|
|
|
|
·
No
podemos cursar estudios secundarios en ninguna escuela pública de la
ciudad, ni ingresar a ninguna carrera terciaria o universitaria, ya que
los profesores imparten las materias en idioma castellano hablado, un
idioma al que no podemos acceder. Probablemente esto sea lógico para el
sistema aunque no para nosotros, ya que deberían considerarnos parte
integrante de ese sistema y no excluirnos, disponiendo Intérpretes de
Lengua de Señas Argentina-Español para brindar educación igualitaria. ·
Si
tenemos algún problema jurídico por el cual seamos citados, la
dependencia correspondiente, TRIBUNALES, DESTACAMENTOS JUDICIALES, etc, NO
brinda accesibilidad a la comunicación en nuestro idioma, la Lengua de Señas
Argentina, ya reconocida como Lengua Oficial en múltiples provincias y en
Ciudad Autónoma pero NO EN NUESTRA CIUDAD, en franca oposición, por
omisión, a la Ley de la Pcia. de Buenos Aires que sustenta nuestros
derechos, aprobada en el año 1995, Ley 11.695/95, sometiéndonos por la
mencionada omisión, aquí en Mar del Plata, a expresarnos oralmente y a
tratar de comprender qué es lo que se quiere de nosotros a través de
ininteligible lectura labial, haciéndonos también firmar documentos
escritos sobre los cuales no alcanzamos comprensión más que global por
estar en idioma castellano, sin pasarlos a Lenguaje de Señas. ·
Si
sufrimos ataques contra nuestra integridad física, vejaciones personales,
injurias, incumplimiento de acuerdos homologados ante los diversos
tribunales de la ciudad, ceses laborales, etc. NO PODEMOS EFECTUAR LA
DENUNCIA QUE INICIARÍA LAS ACCIONES PÚBLICAS CORRESPONDIENTES A NUESTRA
PROTECCIÓN. Estamos absolutamente
indefensos. No se reconoce la convocatoria de Intérpretes de nuestro
idioma ante la presencia de un sordomudo en la justicia que
intente denunciar un hecho que lo afecte. El
personal policial, y
profesionales de jurídica que
atiende cuestiones judiciales, tratan de comprender y de auxiliar EN LUGAR
DE SOLICITAR AL SISTEMA JUDICIAL LO QUE CORRESPONDE POR DERECHO. Esto
obstaculiza y distorsiona nuestra exposición al colmo de perjudicarnos
grandemente, en lugar de acompañar nuestras posibles denuncias o demandas
con la inclusión al sistema de los Intérpretes de la Lengua. Es
como si ante la presencia de una persona extranjera, que se exprese en
idioma chino, con el sumo respeto que nos merece la comunidad oriental,
aclarando que se utiliza este ejemplo por ser el chino un idioma
absolutamente diferente del español, el personal policial y profesionales
de jurídica que atendieran a
esa persona, intentaran comunicarse, comprender su denuncia, a su vez
hablarle en chino porque “algo captan” y después darle un escrito en
español, pretendiendo que lo firme.
Con la diferencia que la persona china puede ir, además, a su embajada
donde arbitrarían los medios para su situación. Nosotros,
los sordos, nacimos aquí, en
la Argentina, y quienes estamos escribiendo esto, vivimos en Mar del
Plata: Cuál es nuestra embajada? ·
Si
nos ocurre algún accidente en la vía pública, no existe personal
policial o paramédico capacitado en Lengua de Señas, por lo cual la
situación de indefensión a la que estamos expuestos es sumamente traumática
aún antes de que ocurra cualquier hecho fortuito. Salir a la calle es una
aventura de riesgo para la cual nos preparamos llevando un papelito con
nuestros datos y domicilio, el cual mostraremos, gesticulando, en la ilusión
de que comprenda lo que necesitamos quien voluntariamente nos ampare en el
caso de accidente. ·
Al
concurrir a Hospitales Públicos y a Privados, estos no disponen de
personal administrativo ni personal profesional capacitado para
comunicarse en Lengua de Señas, por lo cual nuestras consultas médicas
resultan desgastantes para el profesional e insuficientes para nosotros en
cuanto a la explicación que el profesional podría brindarnos si
dispusieran Intérpretes de nuestro idioma para que el médico pudiera
expresarnos a través de ellos qué es lo que espera de nosotros como
pacientes, posibilitando nuestro acceso a la salud. ·
No
existen Servicios Religiosos con Intérpretes Profesionales, solamente hay
personas de muy buena voluntad y amables que a veces, de acuerdo a su
tiempo, ofrecen pasar a Lenguaje de Señas alguna Ceremonia o acto o
Servicio, con lo cual estamos limitados también en esta participación.
Este último punto, lo sabemos, no es una obligación pública, pero
queremos difundirlo porque realmente lo consideramos una expresión
espiritual de alto valor, de la que carecemos, con las consecuencias que
nos implica. ·
Los
escasos Intérpretes Profesionales existentes en nuestra ciudad que
cuentan con certificaciones de estudio de la lengua y certificaciones de
estudios de Formación de Intérpretes a través de comparativas lingüísticas
LSA-Español más los Avales de desempeño certificados por las
Asociaciones de Sordos en su conjunto y por la Confederación Argentina de
Sordomudos que se necesitan para ejercer, tienen el tiempo repartido entre
sus contrataciones rentadas y sus participaciones voluntarias, las que
ejercen permanentemente, por lo cual se necesita imperiosamente que más
personas ingresen al estudio sistemático de nuestra lengua, cursando los
años necesarios de idioma y eligiendo posteriormente profundizar y
perfeccionarse en los Programas de Formación de Intérpretes.
|
|