.Sitiodesordos.com.ar

    El derecho del niño sordo a crecer bilingüe
   
Por la Prof. María Celina Fernández Silva, Docente de la Escuela Bilingüe, Salta Capital. 
   
Docente Lengua de Señas Argentina.
      Home 

Atrás
.

Durante muchos años se ha pregonado como un hecho inalienable
para todos los niños el derecho a:
-Educación.
-Nombre y Apellido.
-Expresar libremente sus ideas
-Salud.
-Vivir dignamente,etc.


La comunidad sorda de nuestro país, así como la del resto del mundo, sufrió las consecuencias de lo establecido en ocasión de " Congreso Internacional de Educadores de Sordos "; realizado en Milán en el año 1880 .Donde de prohibía el uso de la lengua de señas en la comunidad sorda.
Es así como hemos observado con profunda tristeza los daños ocasionados durante todo este tiempo de opresión , agresión e incomprensión ."El oralismo y la prohibición de la lengua de señas
provocaron un deterioro específico en el desarrollo cultural del niño
sordo y de la enseñanza y la alfabetización de los sordos en general ."( OLIVER SACKS, 1989) . Cabe destacar que el uso regular de dos o más lenguas , el bilingüismo, es un fenómeno frecuente en todo el mundo; desde los albores de la humanidad.
Solo comprendiendo el carácter bisocial y bicultural que envuelve a la persona sorda estaremos en condiciones de respetar sus derechos, pues es sólo a través del bilingüismo ( lengua oral - lengua de señas ) , desarrollado como filosofía y no como un mero recurso
pedagógico, estaremos considerando sus voluntades, las cuales no difieren del resto de los niños:

-EDUCACIÓN: La educación bilingüe pone al niño sordo en contacto con su lengua biológica natural. Permitiéndole resignificar sus conocimientos, promoviendo el desarrollo de su pensamiento ,
acercándole el fantástico mundo de la lectura y de la escritura , ambas
escenciales para el acceso a la cultura .Es esta lengua biológica natural el sustento semántico para el aprendizaje de la lengua oral, indispensable para la integración social.


-NOMBRE Y APELLIDO: La lengua de señas caracteriza a la persona sorda, no la subestima sino por el contrario le atribuye identidad. En otras palabras le otorga su propio nombre y apellido a través del "NOMBRE SEÑA " o "APODO" permitiéndole al niño sordo autoidentificarse como parte de un comunidad (comunidad sorda)


-EXPRESAR SUS IDEAS LIBREMENTE: La lengua de señas no sólo posibilita el desarrollo del pensamiento sino que habilita la expresíon de sus ideas , sentimientos , necesidades,en síntesis como
dice Carr y Kemis " Expresarnos es emanciparnos y ambos actos son propios de los seres humanos".


-SALUD: Según la O.M.S. la salud es el estado de equilibrio entre el cuerpo y la mente, indiscutiblemente el lenguaje acompañado por la posibilidad de entendimiento y comprensión salvaguarda el equilibrio tanto fisiológico como psíquico de las personas. "La sordera no es solo un diagnóstico médico, es un fenòmeno cultural en el que se unen inseparablemente pautas y problemas sociales, emotivos, lingüísticos e intelectuales" (Oliver Saks-1.989).


-CALIDAD DE VIDA: La calidad de vida radica definitivamente en el caso de las personas sordas, en sus posibilidades educativas, en la integración social y el acceso al mundo laboral; en síntesis, en la igualdad de oportunidades. Las cuales sólo son posibles si asumimos la responsabilidad de reconocer y respetar su condición bisocial y bicultural.-


CONCLUSIÓN:


Para poder respetar los derechos de los niños sordos, mas allá del
diagnóstico médico, es necesario indagar sobre sus necesidades e intereses, pues éstos serán nada mas y nada menos que el fiel reflejo
de sus demandas.
No nos olvidemos que en la actualidad ellos reclaman su derecho a ser y crecer como "BILINGÜES"



Prof. María Celina Fernandez Silva
Docente Escuela Bilingüe Salta Capital
Docente Lengua de Señas Argentina
.       n