De: Privada sosppriv@buenosaires.gov.ar
Para: luisgiuliani@movi.com.ar
Enviado: Viernes 2 de Junio de 2000 18:27
Asunto: Fw: Carta Sr. Luis Giuliani:
Soy el Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Ciudad y por
indicación del Jefe de Gobierno le
doy traslado de su solicitud al funcionario del área respectiva, la Dra. María
Gonzales Estevarena que
es la Presidenta de AUSA, para dar respuesta a su inquietud. Espero que por
este medio me tenga
informado sobre la evolución de lo actuado.
Un respetuoso saludo
Ing. Abel Fatala
Secretario de Obras y Servicios Públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
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De: Despacho de la Secr. de Obras y Serv. Públicos
Para: luisgiuliani@movi.com.ar
Enviado: Lunes 12 de Junio de 2000 18:33
Asunto: S/eximir pago de peajes en autopistas a los discapacitados.
Sr. Luis A. Giuliani:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con relación al tema de la referencia, a los
efectos de brindar respuesta
al requerimiento formulado.
En tal sentido, cumplo en informar que de conformidad con lo establecido en el
Pliego de Licitación para
la Construcción, mantenimiento y explotación de las autopistas 25 de Mayo (AU1) y
Perito Moreno
(AU6), solamente se encuentran exentos del pago de peaje los vehículos afectados a
los servicios de
Policía, Bomberos y Ambulancias, siempre que sean fácilmente identificables en el
exterior de los rodados.
A mayor abundamiento, es dable destacar que el peaje es para el usuario una
contribución vinculada al
cumplimiento de actividades consistentes en la construcción, mejora, ampliación,
mantenimiento,
conservación, etc., de una vía rápida. Tan es así que no puede dejar de
señalarse que el peaje no
constituye un pago exigido por el solo paso, al modo de los antiguos portazgos, con
base desvinculada
de los servicios u otras prestaciones que se practiquen a favor del usuario, como
el mantenimiento de las
vías de tránsito rápidas o autopistas; sino que justamente se halla íntimamente
vinculado con los servicios
que se brindan a los usuarios en general, sin generar a su respecto diferencias de
ninguna naturaleza,
es decir el cobro del peaje no importa un beneficio económico acreditado del
usuario, pues éste puede
suponerse por el hecho mismo de la utilización del servicio o de la obra
concedida.
De tal suerte, a fin de cumplimentar con la principal obligación que tiene a su
cargo Autopistas Urbanas
S.A. frente al usuario, cual es la brindar un adecuado servicio de mantenimiento de
los viaductos; la
empresa a implementado un estricto criterio al no otorgamiento de exenciones al
pago del peaje.
Dr. Gustavo Cima
Autopistas Urbanas S.A.
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De: GIULIANI, Luis Alberto
Para: Despacho de la Secr. de Obras y Serv. Públicos
CC: Privada
Enviado: Martes 13 de Junio de 2000 09:25
Asunto: RE: S/eximir pago de peajes en autopistas a los discapacitados.
Le agradezco su respuesta aunque la considero incorrecta en varios de sus
sentidos. No considero real
que no sea con fines de lucro el cobro del peaje ya que cuando la construyeron los
militares (¿malos?)
consideraron que para su mantenimiento el valor sería de medio litro de nafta
super, pero hoy luego se
haber sido amortizada en su totalidad el valor es muy superior; si es cierto que no
es con fines de lucro le
agradecería me permita realizarle una auditoría y quedarme con la diferencia (si
existiera).
Los militares (¿malos?) construyeron la ruta 11 y retiraron el peaje luego de su
amortización; luego algún
"vivo" puso una cabina y comenzó a cobrar, pero al menos ha tenido la
deferencia (que no tiene el
Gobierno de la Ciudad de Bs. As. ) de NO cobrar peaje a los discapacitados.
También le recuerdo que le vehículo de los discapacitados es considerado como
una "ambulancia"
privada, ya que muchos no podemos utilizar otro medio para transportarnos, en tal
caso solicito sea tratado
como "ambulancia" para el pago de peaje. Para su identificación le
recuerdo que contamos con una oblea
colocada por el Instituto Nacional de Rehabilitación.
Espero revea su resolución.
Atentamente:
Giuliani, Luis Alberto
DNI:20.619.240
15-4439-4408